Abreviaturas
Presentación. Funciones públicas necesarias en todas las corporaciones locales
I. LA FUNCIÓN DE FE PÚBLICA
A. Preparación de los asuntos de obligatoria inclusión en el Orden del día de las sesiones de los órganos colegiados
B. Asistencia al Alcalde o Presidente
de la Corporación en la realización de la convocatoria y notificación a sus componentes
C. Custodia y tenencia a disposición de los miembros del órgano colegiado
de la documentación de los expedientes incluidos en el Orden del día
D. Levantamiento del Acta de las sesiones y transcripción al Libro de Actas
E. Transcripción de las resoluciones
de la Presidencia
F. Función certificante
G. Remisión a las Administraciones estatal y autonómicas de actos y acuerdos
H. Anotación en los expedientes
de las resoluciones y acuerdos
I. Autorización de Actas de licitaciones, contratos y documentos análogos
J. Fijación de anuncios preceptivos
K. Llevanza y custodia del Registro
de Intereses de los miembros de la Corporación
L. Llevanza y custodia del Inventario de Bienes de la Entidad
M. Otras funciones de fe pública
N. La función de fe pública en los Municipios de gran población
II. LA FUNCIÓN DE ASESORAMIENTO LEGAL PRECEPTIVO
A. El informe del secretario
B. Materias objeto del informe
del secretario previo a la adopción de acuerdos a adoptar por mayoría especial C. Materias objeto del informe previo del Secretario exigido por precepto legal
Completo estudio de la función pública de Secretaría en los Ayun-tamientos, de necesaria existencia en todas las Corporaciones Locales y com-prensiva de la fe pública y el asesora-
miento legal preceptivo.
El autor analiza, meticulosamente, la función de fe pública, integradora de cometidos tales como la preparación de los asuntos que hayan de ser inclui-dos en el Orden del día de las sesiones que celebren el Pleno y demás órganos colegiados autores de acuerdos con efi-cacia vinculante para la Corporación; la asistencia al Alcalde en la realización de la correspondiente convocatoria y notificación con la debida antelación a todos los componentes del órgano colegiado; levantamiento de acta; la certificación de todos los actos o reso-luciones de la Presidencia y los acuer-dos de los órganos colegiados deciso-rios, así como de los antecedentes.
En relación con el asesoramiento legal preceptivo, se dedica especial atención al informe del Secretario: su caracteri-zación jurídica, forma y contenido; con-secuencias de su omisión, etc.,.
Para una mayor utilidad del consultan-te, en particular del Secretario, la nor-ma y el comentario se complementan con la exposición, por lo general, resu-mida, de la legislación autonómica y de los «criterios jurisprudenciales» (entendida la expresión jurisprudencia en sentido lato, no técnico) en relación con numerosos supuestos y materias objeto de sus cometidos.